La pregunta sobre si una comunidad de propietarios puede prohibir la tenencia de un perro o un gato en un piso de alquiler o en propiedad es una de las más frecuentes entre quienes conviven en edificios residenciales.
La respuesta, en términos generales, es que ni los vecinos ni los estatutos de la comunidad pueden impedir que se tengan mascotas dentro de un domicilio. Esta protección se deriva tanto de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) como de principios constitucionales que protegen la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la propiedad privada.
¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal?
Según la Ley de Propiedad Horizontal, los estatutos de la comunidad no pueden prohibir la tenencia de animales en los pisos alquilados. Únicamente se podrían establecer limitaciones si se demuestra que la presencia de la mascota supone una alteración evidente de la convivencia o un incumplimiento de las normas de salubridad, como establece el artículo 7 de la LPH.
¿La razón? La prohibición absoluta chocaría con el artículo 18 de la Constitución española, que protege la inviolabilidad del domicilio, y con el artículo 33, que reconoce el derecho a la propiedad privada, incluyendo el uso y disfrute de la vivienda. En otras palabras, siempre que la presencia de animales no sea molesta ni perjudicial para otros vecinos, los propietarios tienen derecho a convivir con mascotas en su hogar.
Los vecinos pueden imponer restricciones
La Ley de Propiedad Horizontal deja claro que las competencias de la comunidad se limitan a las zonas comunes del edificio. Por lo tanto, sí se pueden establecer ciertas normas de uso de las áreas comunes, siempre que estas sean aprobadas en junta de propietarios y reflejadas en los estatutos.
Por ejemplo, se podría restringir el uso del ascensor por parte de mascotas, o limitar el acceso a jardines o patios comunitarios para garantizar la comodidad y seguridad de todos los residentes.
Normas de convivencia para las mascotas
Al margen de estas restricciones sobre las zonas comunes, la convivencia con mascotas está sujeta a cumplir normas de salubridad, higiene y respeto al descanso de los vecinos. En caso de incumplimiento reiterado, la comunidad podría emprender acciones legales.
A esto se suman las regulaciones municipales y autonómicas que imponen obligaciones adicionales a los dueños de animales, como la limpieza de excrementos, la inscripción de mascotas en registros locales o la vacunación obligatoria. Incumplir estas normas puede derivar en sanciones económicas significativas.
¿Qué dice la ley de protección animal?
Tanto en pisos de alquiler como en propiedad, el máximo suele ser de cinco perros o gatos, siempre que se garantice su bienestar y que no se infrinjan normas de convivencia. La nueva Ley de Protección Animaltambién impone restricciones sobre la permanencia de los animales en soledad. Por ejemplo, los perros no pueden permanecer más de 24 horas consecutivas sin supervisión, y ningún animal doméstico puede estar solo durante tres días seguidos.